martes, 21 de diciembre de 2010

Lanzamiento de Peronismo para la Victoria

Ayer, ante mas de 1500 personas, se llevo a cabo el lanzamiento del espacio "Peronismo Para la Victoria" con la consigna "Cristina Fernández de Kirchner 2011".

En el día de la fecha, ante más de 1500 personas, se llevó a cabo el lanzamiento del espacio "Peronismo Para la Victoria" con la consigna "Cristina Fernández de Kirchner 2011".
El acto se desarrolló en el salón de Convenciones del Patio Olmos y lució repleto de militantes defensores del Proyecto Nacional y Popular que encabeza Cristina Fernández.
Estuvieron presentes: Legisl.Provincial Nadia Fernández, Sara Waitman Pte Asoc.ex presos politicos de Cba, Mario Navelino Psdte Cooperativismo de Cba, Matias Bonansea Movim.Eva Perón, Concejal Ciudad de Cba Virginia Pagnanini, Juan Domingo Viola Secret. Desarrollo Social Munic. Cba, Sandra Trigo Concejal de la Ciudad. de Cba, entre otros.
 
La Concejal María Virginia Pagnanini destacó  el compromiso de Nestor Kirchner y Cristina Fernández con la Ciudad de Córdoba y recordó algunas de las obras cumplidas y por cumplirse como las obras de desagües de Villa El Libertador y Barrio Juniors, las distintas pensiones no contributivas, el Programa "Vale lo Nuestro" y los proyectos a realizarse como el Hospital de Villa El Libertador o el Subterráneo, los cuales significarán "... por sobre todas las cosas  mano de obra para Córdoba,  trabajo como ordenador  que dignifica a los  hombres..."




Asimismo la Legisladora Provincial Nadia fernandez aseguró "Tenemos el deber de cumplir con el legado de Néstor, que es el de recuperar al peronismo como motor de cambio de la realidad nacional, y encolumnarlo detrás del Proyecto Nacional y Popular. Este es el peronismo que queremos para Córdoba".







 
Cerrando el acto el Secretario de Desarrollo Social y referente del nuevo espacio Juan Domingo Viola expresó " "Este acto hoy significa una nueva era para el peronismo, lucharemos para que se conforme un frente que contenga a los partidos y los sectores que apoyan al Proyecto Nacional, y por contrapartida, que aquellos neoliberales que siguen aprovechándose del peronismo como la UCD y otros tantos viejos dirigentes, den un paso al costado haciendo lugar a miles y miles de peronistas que fueron desplazados . Por todo esto, lanzamos definitivamente la campaña Cristina Fernandez de Kirchner 2011"
  
 


















Desde ya pedimos disculpas a los compañeros que asistieron y no pudieron ingresar al salón o estar con la comodidad que merecían en tan importante acto. La capacidad del lugar se vio colmada por el interés de participar y protagonizar este histórico  momento para todos los compañeros peronistas que apoyan esta iniciativa, como así también los cordobeses que quieren que Cristina Fernández siga siendo la Presidente de todos los argentinos.



 

jueves, 9 de diciembre de 2010

Abonos para Discapacitados

Renovación de abonos de transporte urbano de pasajeros para personas con discapacidad   La Dirección de Discapacidad, dependiente de la Secretaria de Desarrollo Social y Empleo, renovará los abonos del transporte urbano de pasajeros a personas con discapacidad. El trámite se receptará hasta el día 27 de febrero de 2011 en Ayacucho 381 (Dirección de Discapacidad) de lunes a viernes de 8.00 a 14.00. Se deberá presentar: -Certificado de discapacidad oficial, (otorgado por junta medica habilitada por SNR), original y fotocopia. -DNI del titular del abono (original y fotocopia). -DNI de acompañante en el caso que el certificado de discapacidad así lo requiera, (original y fotocopia). -Constancia del lugar al que asiste, controles médico, rehabilitación, actividad deportiva o de recreación, laboral, entre otras.

viernes, 3 de diciembre de 2010

Ordenanza 11.880 FONDO MUNICIPAL PARA LA DISCAPACIDAD FO. MU.DI.

FUNDAMENTACIÓN

La discapacidad está directamente relacionada con los contextos históricos y sociales por los cuales la humanidad ha transitado. En la actualidad toda la ciudadanía y el Estado principalmente, tienen que estar comprometidos en generar un ambiente  y  una ciudad con accesibilidad e igualdad de oportunidades para todos sus habitantes, sin importar sus capacidades motrices , mentales o sociales.
Como dijimos anteriormente es el Estado el que debe garantizar por intermedio de las políticas públicas el alcance de los mecanismos que conlleven a que día a día nos acerquemos más a ese anhelo antes descripto. La forma de hacerlo, es generando elementos que nos permitan que dichas políticas sean ejecutadas con los recursos necesarios para su efectiva realización. El Estado Municipal viene efectuando diversas acciones en los organismos estatales encargados de tan importante realidad, por ello debemos dotar a la misma de una herramienta que le permita la obtención de recursos económicos y materiales indispensables para llevar adelante  dichas políticas.
En este Proyecto de Ordenanza se plantea en su artículo primero y segundo la creación de un Fondo Municipal para la Discapacidad denominado (FO.MU.DI.) en el también se contempla la integración de dicho fondo, o sea por qué valores el mismo estará integrado.
Para ello proponemos en el Art.3. del presente proyecto la incorporación  del inciso “h” en el artículo N° 33 de la Ord. 11.168. donde contemplamos el cobro de un canon por parte de la administración a los concesionarios de espacios de dominio público o privado municipal regulados en dicha ordenanza. Proponemos también la creación de un Consejo Consultivo que tendrá como fin trabajar junto a la administración en la aplicación del FO.MU.DI. para lograr así la inclusión de personas en situación de discapacidad.
Por todo lo expuesto, solicitamos a los concejales acompañar este proyecto.


FONDO MUNICIPAL PARA LA DISCAPACIDAD FO. MU.DI.

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


TITULO I

DE LA CREACIÓN

CAPÍTULO ÚNICO


Artículo 1°.- CRÉASE el FO.MU.DI. (FONDO MUNICIPAL PARA LA DISCAPACIDAD) que tendrá por objeto financiar acciones en el marco de un plan Municipal estratégico de accesibilidad universal, tendientes a favorecer la inclusión de personas en situación de discapacidad, contemplando la inserción social, educativa, laboral, deportiva, de tratamiento medico y/o rehabilitación como así también el esparcimiento y la recreación.

TITULO II

DE LA INTEGRACIÓN DEL FONDO
CAPÍTULO UNICO

Artículo 2°.- LOS fondos que constituirán el FO.MU.DI provendrán de:
a)Donaciones, legados, aportes dinerarios, y en general toda liberalidad efectuada para estos fines, quedando autorizada la autoridad de aplicación, a percibirlos, aceptarlos y gestionarlos en los términos que establezca la Carta Orgánica Municipal.
b)Los recursos provenientes de concesiones por la explotación de servicios de bar, cafetería, restaurante, kiosco o servicio gastronómico, en espacios de inmuebles del Dominio Público o Privado Municipal, en los términos de la Ordenanza Nº 11.168 y las modificaciones que de ella se preveen en el presente instrumento legal.

Artículo 3°.- INCORPÓRESE al Art. 33 de la Ordenanza Nº 11.168, el siguiente inciso “… h) Aportar al FONDO MUNICIPAL PARA LA DISCAPACIDAD (FO.MU.DI.), un monto determinado por la Autoridad de Aplicación no inferior al 15% ni superior al 30% del valor locativo y comercial de plaza corespondientes a los m2 del fondo de comercio  ubicados en terrenos de dominio público  o privado municipal., para la actividad resultante de la concesión, o por la cesión de la misma en los términos del art. 38 de la mencionada Ordenanza...”.


Artículo 4°.- EN los casos que según lo establece la ordenanza 11.168 y su Decreto Reglamentario la organización  concesionaria que explote por sí la concesión, deberá pagar el mínimo del aporte establecido en el articulo anterior. Para el caso en que la Organización cediere a un tercero la explotación del  espacio concesionado, se fijará un canon mensual que deberá ser aportado por el tercero cesionario, quedando eximida la organización de aportar lo referido anteriormente.

Artículo 5º.- PARA el tercero cesionario se establecerá una suma mensual no inferior al 15% y no superior al 30%, del canon establecido en el Art.3 de la Presente Ordenanza.

Artículo 6°.-  A los fines pertinentes resulta facultad del órgano de aplicación solicitar las inspecciones que considere necesarias, a través del órgano de fiscalización competente con el objeto de determinar la veracidad de las declaraciones, situaciones edilicias y comerciales en general.


TITULO III
DE LA AUTORIDAD DE APLICACION


Artículo 7°.-   ESTABLÉCESE la Dirección de Discapacidad dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social y Empleo de la Municipalidad de la Ciudad de Córdoba, o el órgano que en su  futuro la reemplace como Autoridad de Aplicación de esta Ordenanza.
Dicha autoridad tendrá  a su vez la facultad de efectuar las contrataciones que se estimen necesarias a los fines de la efectiva implementación de los respectivos proyectos.

Artículo 8º.- INSTRÚYASE a la Autoridad de Aplicación la conformación de un Consejo Consultivo para la aplicación del  FO.MU.DI. que tendrá como objetivo diagnosticar, diseñar y presentar proyectos para su financiación a través del presente fondo.

Artículo 9º.- EL consejo creado bajo esta normativa dependerá para todo lo relativo a su funcionamiento de la Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza.

Artículo 10°.- EL Consejo Consultivo estará integrado por un miembro del Departamento Ejecutivo, dos Concejales propuestos por el cuerpo, preferentemente con antecedentes en la temática, dos mienbros del Instituto de Educación Superior “Dr. Domingo Cabred”, y dos miembros de la Universidad Nacional de Córdoba, debiendo dar participación a instituciones con trayectoria en la temática del proyecto a evaluar.- La totalidad de sus miembros realizarán las actividades Ad Honorem, sin recibir remuneración a cambio por la labor que realicen como integrantes del Consejo Consultivo.

Artículo 11°.- EL Consejo Consultivo deberá emitir dictámenes, los que tendrán carácter no vinculante.-

Artículo 12°.- CRÉASE una cuenta de Afectación Específica a Denominarse Municipalidad de Córdoba – Fondo Municipal para la Discapacidad, a la cual se asignarán los fondos devengados por la aplicación del Art.2° de la presente Ordenanza, los que serán destinados a los fines establecidos en la misma.

Artículo 13°.- AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo Municipal a la Apertura de una cuenta Bancaria con el nombre “Municipalidad de Córdoba – Fondo Municipal para la discapacidad” la cual estará destinada a reflejar el movimiento de fondos de la presente Cuanta de Afectación Específica, la cual girará bajo la rúbrica conjunta de 2 (dos)
firmas: La del Secretario de Desarrollo Social y la del Habilitado correspondiente a esa Secretaría y/o quien en el futuro la reemplace.-

Artículo 14º.- La Dirección de Discapacidad deberá elevar un informe de rendición de cuentas e informe de proyectos de gastos e inversión, en forma trimestral, al Concejo Deliberante sobre las tareas específicamente desarrolladas y el movimiento económico de la cuenta de Afectación específica denominada Fondo Municipal para la Discapacidad, la misma información deberá incorporarse en el Sitio Oficial Web de la Municipalidad de Córdoba, en el Link de la Dirección de Discapacidad, perteneciente a la Secretaria de Desarrollo Social o las que en el futuro las reemplacen.

Artículo 15.- LA presente Ordenanza es operativa y rige desde su promulgación de pleno derecho, con excepción de los artículos que para implementarlos sea necesaria su reglamentación, la que deberá realizar el Departamento Ejecutivo dentro de los ciento veinte (120) días de promulgada la presente.

Art. 16º.- DE FORMA

Ord. 11.879 DECLARAR DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIÓN TOTAL EL INMUEBLE UBICADO EN CALLE INDEPENDENCIA 385, CENTRO DE LA CIUDAD DE CBA, CON DESTINO AL CENTRO INFANTIL IGNACIO GARZÓN

CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CORDOBA

    SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA






Art. 1º.- DECLÁRASE  de  utilidad  pública  y sujeto a expropiación total al inmueble designado catastralmente como 04-04-056-034-00000-9, con una superficie de seiscientos cuarenta y ocho (648) metros cuadrados, inscripto al Folio 25640 - Dominio 20780 -  - Año 1960 ante el Registro General de la Provincia, que se describe como: lote de terreno ubicado en  Calle Independencia  N° 385- Centro de la Ciudad de Córdoba.

Art. 2°.- LA   superficie   expropiada   será  inscripta  en  el Registro  General   de  la Provincia de  Córdoba al  Dominio Privado Municipal  con destino al Centro Infantil Ignacio Garzón
 
Art. 3º.- COMUNÍQUESE,    publíquese,    dése       al      Registro     Municipal  y ARCHÍVESE.

Discurso de presentación del proyecto de expropiación de lote con destino al Centro Infantil Ignacio Garzón

Entre el año 2007 y 2009 la cobertura educativa en el nivel inicial y las salas de estimulación tempranas o centros infantiles aumentó. Esta es una realidad producto de diferentes acciones en políticas educativas, logrando la disminución de la incidencia de la no asistencia en el 12% , sin embargo en las últimas estadísticas brindadas por el barómetro de la deuda social de la infancia el 45% de los niños/as entre los 2 y 4 años en las grandes ciudades de la Argentina no concurren a un centro de educación infantil.
Los mayores progresos en términos de inclusión educativa se registran en el interior urbano y en los estratos sociales más aventajados en términos socioeconómicos. En el 25% más alto se produjo una disminución de la incidencia de la no asistencia del 56%, mientras que en el 25% más bajo fue de un 17%. Un niño/a en el 25% más pobre tiene 4 chances” menos de concurrir de modo temprano a un centro educativo que un niño en el 25% más rico.

El sistema jurídico argentino desde las misma Constitución Nacional, en su adhesión a los distintos Tratados Internacionales, tales como:  La  Declaración  Americana  de los Derechos y Deberes del Hombre; la  Declaración Universal de Derechos Humanos; la Convención Americana sobre Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Convención Sobre los Derechos del Niño, consagran derechos personales, que frente la situación indicada, cabe cuando menos que actuemos a los efectos de restituir los derechos afectados.  El Estado ocupa el lugar central en la definición e implementación de políticas públicas dirigidas a la infancia, el CENTRO INFANTIL IGNACIO GARZÓN , ES PARTE DE LA HISTORIA EDUCATIVA Y SOCIAL DE CÓRDOBA . Y parte de esa historia comienza a hacerse visible a partir de una situación lamentable que vivieron padres y niños de la comunidad del jardin, expuesta ante los medios cuando, a partir de una serie de errores administrativos se le dio cierre a un jardin maternal que asiste a niños y niñas menores de cuatro años . Cuando hablamos de historia descubrimos con sorpresa, con orgullo, con la dimension que implica tener en nuestras manos la oportunidad de acceder a una copia que da testimonio a la escritura N° 364. En forma muy acotada permitanme expresar lo que dice dicha escritura: “En la Capital de la República Argentina a diecisiete de noviembre de 1954, estando en su despacho el Excelentísimo Señor Presidente de la Nación, General del Ejército Don JUAN DOMINGO PERÓN, compareció el Doctor Don Carlos Benigno Páez Allende (...) casado en primeras nupcias con Doña Matilde Ruiz Moreno, vecino y domiciliado en la Ciudad de Córdoba, provincia del mismo nombre, mayor de edad a quienes conozco de que doy fe y ante mí, Escribano general del Gobierno de la Nación y testigos al final firmados, dijeron:- Que el Ministerio de Educación de la Nación llamó a licitación pública para la adquisición de fincas y terrenos destinados a la instalación y funcionamientos de “Residencias Culturales y Recreativas...”(...) Visto que de acuerdo a las previsiones del segundo plan quinquenal Capitulo IV y V debe intensificarse la acción educadora en procura del perfeccionamiento de las facultades intelectuales morales y físicas de la juventud y considerando que a tal efecto este Ministerio a programado la instalación de residencias culturales y recreativas en el interior del Pais donde los alumnos podrán desarrollar sus actividades comunes a la par para que se les permita mediante una verdadera acción social alcanzar los mayores beneficios de la formación integral tanto lo educativo como lo cultural que a fin de contar con los inmuebles que permitan la instalación y funcionamiento de dichos centros el presidente JUAN DOMINGO PERON a traves del Ministerio de educación llama a licitación pública para la obtención de dichos bienes.
Uno de los inmuebles incorporado al llamado a licitación publica es el de la calle Independencia 385 de la Ciudad de Córdoba.
Luego de 56 años con la aprobación de este proyecto restituímos el derecho a la educación pública a la comunidad del Jardin Ignacio Garzón


No podemos ni debemos renunciar a  nuestra obligación de garantizar la educación, que es un derecho que todos los ciudadanos tienen en su calidad de personas.     
Por ello, el presente proyecto encuentra la justificación necesaria en el sentido de que declarar de utilidad publica y sujeto a expropiación del inmueble de marras, implica devolver a la educación el espacio, que hoy se encuentra cuestionado.
La expropiación es una institución de derecho público establecida por el art. 17 de la C.N. y regulada para el Estado Nacional por la ley 21.499. Desde esa perspectiva institucional exhibe una regulación especial que comprende entre sus disposiciones a las que rigen los procedimientos tanto en sede administrativa -avenimiento- como en sede judicial.
Son atribuciones del Concejo Deliberante, según el Artículo 64, inciso 11  de la Carta Organica Municipal donde establece que “El Municipio puede expropiar bienes previa declaración de utilidad pública hecha por Ordenanza e indemnización, con arreglo a las leyes que rigen la materia.
Por estos conceptos  es que solicitamos a nuestros pares el voto afirmativo de la propuesta elevada a fin de dar la herramienta necesaria para empezar a restituir el derecho al desarrollo de la estimulación temprana de niños y niñas de la Ciudad de Córdoba

jueves, 2 de diciembre de 2010

Acto inauguración de la CASA DE LA MILITANCIA PERONISTA

 lA MILITANCIA PERONISTA TIENE SU PROPIA CASA

Algunas fotos nuestro trabajo junto a los vecinos



 Siempre hemos bregado para que haya mas trabajo y dignidad por medio de éste. Por ello festejamos el Día del Trabajador con un locro para todos. 











Con el grupo scout Jerónimo Luis de Cabrera, luego de que consiguiéramos la extensión del comodato para que sigan con sus actividades en Bª Altamira













Con nuestra presidenta estaremos siempre donde nos necesite porque estamos de acuerdo con el proyecto de país que lleva adelante para lograr la justicia social que todos anhelamos.















En concordancia con las enseñanzas de Perón y Evita y con el proyecto de inclusión social de nuestra presidenta es que trabajamos para proteger, inclur y dignificar a nuestros abuelos. En este caso la inauguración del hogar de día de Villa Bustos "Refugio de esperanza"


Los únicos privilegiados son los niños por ello trabajamos para su bienestar y proteccón. En el festejo de su día también estamos presentes.







Apostando a la Cultura Nacional declarando de interés cultural el Festival Nacional del Asado Criollo, único de la Ciudad de Córdoba

Otorgando el beneplácito a la obra de teatro que revive la gesta histórica de Mayo, lo recibe su director Hernán Espinoza